Declara la Corte invalidez de causales de nulidad de elección y reelección legislativa en la Constitución CDMX

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El Alto Tribunal se pronunció sobre las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral contra varios preceptos de la Constitución de la Ciudad de México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la invalidez de las causales de nulidad en una elección, contemplados en la Constitución de la Ciudad de México.

A su vez, declaró la nulidad del texto relativo a la reelección legislativa, que en el texto fundamental se establece un tope máximo de un periodo, y deberá ser de hasta cuatro periodos, como indica la Constitución federal.

El Alto Tribunal determinó notificar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como a la Asamblea Constituyente, al reconocer su carácter para defender la Constitución, y surtirá efecto al momento de su notificación.

No obstante, la Constitución de la Ciudad de México no deberá ser reformada ahora, sino, una vez que se instale el constituyente permanente en 2021.

Entre los preceptos que determinó válidos el Alto Tribunal se encuentran la conformación del Congreso de la Ciudad de México con 66 diputados, de los cuales el 50% deberán ser por el principio de mayoría relativa y 50% por el de representación proporcional.

Un partido político podrá tener hasta 40 diputados por ambos principios y se validó la lista B de los candidatos a diputados por representación proporcional, aun cuando diga 17 espacios y no 16.

También se validó la conformación de las Alcaldías con la inclusión de circunscripciones.

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